Presidente de la República firma Ley de atracción de inversiones fílmicas
- Normativa busca posicionar a Costa Rica como destino de filmación de grandes, medianas y pequeñas empresas cinematográficas y audiovisuales
- Con una serie de incentivos, ley generará inversión, encadenamientos productivos y contratación de talento humano costarricense para la realización de obras
- Instrumento robustece el fondo concursable para financiamiento de proyectos audiovisuales y cinematográficos nacionales, El Fauno
San José, 16 de noviembre de 2021. El Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, firmó este martes 16 de noviembre la “Ley de atracción de inversiones fílmicas en Costa Rica” (N.10071), aprobada en segundo debate por la Asamblea Legislativa -de forma unánime-, por 40 diputados y diputadas, el pasado 12 de octubre de 2021.
La actividad tuvo lugar en Casa Presidencial con la participación del presidente Alvarado, la ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán, y el ministro de Turismo, Gustavo Segura –firmantes de la ley junto a los ministros de Hacienda, Comercio Exterior y Economía, e Industria y Comercio.
Asistieron también el diputado Carlos Ricardo Benavides y la legisladora Laura Guido, proponentes de esta iniciativa, el director general del Centro de Cine, Raciel del Toro Hernández y José Castro, comisionado fílmico de Costa Rica.
El Presidente Alvarado destacó la trascendencia de esta ley, cuyo objetivo es posicionar al país como destino de filmación de grandes, medianas y pequeñas empresas cinematográficas y audiovisuales, que generen inversión, encadenamientos productivos y contratación de personal para la realización de obras.
El mandatario mencionó entre los beneficios de la nueva normativa, el incremento de la inversión de capital extranjero, la generación del empleo y la reactivación económica, así como el abanico de oportunidades que se abre para el desarrollo del talento costarricense en toda la gama de producción audiovisual.
Entre las actividades fílmicas consideradas para los beneficios que otorga la ley se encuentran películas de corto, mediano y largo metraje; documentales, series y novelas; piezas de mercadeo audiovisual, comerciales y videoclips, así como servicios de posproducción, dibujo, animación digital, y videojuegos, entre otros.
La ministra Durán coincidió en que la aprobación de la ley “se traduce en dinamización económica, tanto para el sector y los profesionales costarricenses vinculados con el quehacer fílmico, como para quienes se encadenan a la actividad desde muy variadas aristas: la persona que prepara los almuerzos para el equipo de la producción, quienes asisten, maquillan y diseñan, chofer que colabora en la logística y traslado de equipo de equipos y personal, la ocupación hotelera, los servicios tecnológicos o de posproducción”.
“En definitiva, es una ley que abre una amplia vitrina de posibilidades para potenciar la economía en torno a la actividad audiovisual en el país”, subrayó.
Para el director general del Centro de Cine, “la firma de la Ley de atracción de inversiones fílmicas en Costa Rica es un logro histórico, no sólo por lo que representa en materia de atracción de capital foráneo, generación de empleo y reactivación económica, sino porque también significa el reconocimiento palpable de un sector cada vez más pujante, y contribuirá a potenciar el vasto talento nacional y a robustecer los mecanismos de financiamiento de nuestros propios contenidos”.
Incentivos. Uno de los incentivos más importantes de la ley es que permitirá a producciones extranjeras y coproducciones de capital nacional e internacional, con una inversión en Costa Rica superior a $500.000, les sea devuelto el 90% del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El restante 10% será dirigido al Fondo para el Fomento Audiovisual y Cinematográfico “El Fauno”, a cargo del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica, institución del Ministerio de Cultura y Juventud, para promover el talento nacional.
Otros beneficios que otorgará la ley son: exoneración del impuesto de la renta para aquellos actores, productores y personal extranjero que reciben sus pagos en el exterior; importación temporal de los equipos y repuestos para la producción fílmica y audiovisual al territorio con suspensión de todos los tributos a la importación, así como exención de depósito de garantía; exención de todo impuesto, gravamen, tasa o contribución a la importación que recaiga sobre útiles, vestuario, maquillaje, escenografía y material técnico que se requiera para la realización del proyecto; y a las personas encargadas de ingresar materiales, equipo o vestuario del proyecto se les facilitará el ingreso del equipaje correspondiente, sin pago de tributos ni otras cargas.
Al referirse a la importancia de esta legislación, José Castro, comisionado fílmico de Costa Rica, comentó que desde la instauración de la Comisión Fílmica en la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER), “hemos venido trabajando para atraer inversión audiovisual y aún con importantes argumentos de promoción como nuestras locaciones, llegamos a perder hasta $114 millones en proyectos audiovisuales en un plazo de 24 meses, proyectos que se decantaron por países en los que se ofrecían incentivos financieros”.
Agregó que “hoy día, estamos desarrollando Zonas Amigables Audiovisuales en los territorios rurales, donde proyectos internacionales y producciones nacionales podrán obtener lo mejor de los beneficios de esta ley”.
Unidad de Comunicación - MCJ / Consecutivo 325 / FEM / 16-11-2021