Emergencia Salvamento Cultural 2021-2025
Ley 10041
El pasado 18 de octubre de 2021, el Despacho del Ministerio de Cultura y Juventud, mediante la Resolución Administrativa No. MCJ-DM-201-2021, emitió los lineamientos para la escogencia de los representantes del Sector Cultural y Artístico y de la Gestión Cultural Comunitaria para conformar la Comisión Interinstitucional para la fiscalización y acompañamiento de los programas creados para el cumplimiento de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural, creada en su artículo 4, cuya tarea primaria es dar inicio al proceso de reglamentación de dicha ley.
Información
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- Beneficiarios
- Beneficios
- Comisión de Salvamento
Información
- Objetivo de la ley es atender al sector cultural nacional tras la afectación por la pandemia promoviendo su reactivación y el impulso de encadenamientos productivos.
- Faculta a Ministerio de Cultura y Juventud para disponer de fondos concursables, programas y proyectos en beneficio a artistas u organizaciones culturales.
- Crea Comisión interinstitucional para la fiscalización y acompañamiento de los programas que incentiven al sector.
Beneficiarios
Las personas definidas como beneficiarias de la presente ley serán las personas físicas, jurídicas y las organizaciones que hayan sido creadas con fines culturales artísticos demostrables y que hayan desarrollado su labor por un período no menos de tres años que, a consecuencia de la pandemia ocasionada por la COVI D-19:
a) se encuentren en condición de desempleo,
b) con suspensión temporal del contrato de trabajo o reducción de jornada laboral,
c) que hayan visto sus ingresos habituales disminuidos,
d) que requieren integrarse a procesos de reactivación económica.
El Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ), en articulación con sus órganos desconcentrados, definirán los parámetros objetivos que se utilizarán para la clasificación y categorización de las personas beneficiarias de la presente ley.
Beneficios
Texto
Comisión de Salvamento
Nombramiento de la Comisión interinstitucional
FASE 1. Asamblea de Subsectores Artísticos y Culturales
En esta fase, el MCJ facilitará a cada Subsector realizar una asamblea en la que se escogerá a dos personas para integrar la Asamblea Nacional que elegirá a los cuatro representantes, y suplentes, que integrarán la Comisión Interinstitucional para la fiscalización y acompañamiento de los programas creados para el cumplimiento de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural.
En esta fase, cada Subsector Artístico y Cultural tendrá su propia asamblea, para poder pasar a la FASE 2; mientras los representantes de la Gestión Cultural Comunitaria, tendrán su asamblea y la persona elegida, integrará la Comisión Nacional de manera directa.
Según información de la Unidad de Cultura y Economía del MCJ, se establece una determinada división de Subsectores para efectos de organizar la escogencia de representantes.
Cualquier persona física o jurídica que acredite pertenecer a alguno de los subsectores que conforman el Sector Cultura, podrá completar el proceso de registro para participar de la FASE 1. Para ello, el MCJ pondrá a disposición de la comunidad artística y cultural, los formularios de inscripción para cada asamblea, los cuales requerirán informaciones como nombre completo, identificación, Subsector Cultural o Artístico al que pertenece, nombre completo e identificación de las personas postuladas y resumen de sus atestados, curriculum o documentación que acredite su ejercicio activo en el Subsector registrado, información de contacto o cualquier otro medio para las notificaciones correspondientes, entre otros datos.
Cada persona física o jurídica que desee inscribirse sólo podrá hacerlo en una Asamblea Subsectorial, por lo que, de pertenecer a varios subsectores, deberá escoger en cuál de ellos participará del proceso de escogencia de representantes ante la Asamblea Nacional.
FASE 2. Asamblea Nacional del Sector Cultura
En esta fase, los representantes escogidos por las Asambleas de Subsectores se reúnen para escoger a los cuatro representantes titulares y a los cuatro suplentes que conformarán la Comisión Interinstitucional para la fiscalización y acompañamiento de los programas creados para el cumplimiento de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural.
En esta Fase únicamente participan los representantes de los Subsectores Artísticos y Culturales.
Las asambleas de ambas fases serán virtuales por medio de la plataforma tecnológica que facilitará el Ministerio de Cultura y Juventud y será oportunamente comunicada.
Normativa y resoluciones
Declaración Jurada para completar y descargar
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