Ley de Emergencia y Salvamento Cultural ya cuenta con Comisión para su fiscalización y seguimiento
- Comisión fue elegida mediante proceso democrático y participativo
- En esta primera fase, Comisión coordinará con el Ministerio de Cultura y Juventud la reglamentación de la ley; posteriormente, tendrá funciones de fiscalización y acompañamiento a programas que se generen en el marco de la ley
- Ley de Emergencia y Salvamento Cultural plantea atención del Sector Cultura afectado por pandemia de COVID-19
San José, 16 de diciembre de 2021. Durante los meses de noviembre y diciembre del 2021, mediante convocatoria abierta del Ministerio de Cultura y Juventud, se realizó un proceso democrático y participativo para elegir la Comisión Fiscalizadora de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural, cuyo objetivo es la atención del sector cultural que se ha visto afectado por la emergencia nacional provocada a raíz de la pandemia de la COVID-19.
El proceso para elegir a los miembros se realizó mediante asambleas con cada Subsector Artístico y Cultural, así como con representantes de la Gestión Cultural Comunitaria, que finalmente eligieron a los miembros que participaron en la Asamblea Nacional para elegir a los miembros de la Comisión Fiscalizadora; en apego a la Resolución MCJ-DM-201-2021.
Con este proceso, se completa la designación de representantes de la sociedad civil. La Comisión estará conformada por dos representantes del Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ) y cinco representantes del Sector Cultura; la misma será presidida por uno de los representantes del MCJ.
Loida Pretiz, ministra a.i. de Cultura y Juventud, afirmó que “la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural ha contado con un gran apoyo del Ministerio de Cultura y Juventud durante su proceso de creación, y seguimos avanzando en su implementación, mediante la conformación de la Comisión Fiscalizadora, lo que permitirá establecer los lineamientos que determinarán la atención al sector durante los próximos cinco años. La aprobación de esta ley es un acierto país, que nos permite robustecer la atención del sector ante las afectaciones que ha provocado la pandemia; además, plantea importantes retos, de cara al trabajo conjunto entre el ministerio y el sector, en apego al debido control interno, el uso adecuado de los recursos públicos y el respeto a la estructura normativa a la que responde la institución”.
Por su parte, Adriana Fallas González, una de las representantes del sector en la Comisión Fiscalizadora, expresó que “el trabajo desde la comisión, será fundamental en el camino hacia la descentralización de los recursos y el apoyo a las personas trabajadoras de la cultura en las comunidades, partiendo de las necesidades tan diversas que tiene el sector”.
La Comisión Fiscalizadora de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural cuenta con las siguientes personas en los puestos titulares: Haydée Dora Coseani, Albán Camacho Lobo, Bertha Gladys Alzate Quintero, Mariana Murillo Quesada, Adriana Fallas González. En los puestos suplentes, figuran: Ileana Cubero Aguilar, Evelyn Ugalde Barrantes, Claudia Martínez Obando, Carlos Soto Chacón y Juany Calderón Hernández. Por parte del MCJ, participan como titulares Betsy Murillo Pacheco y Edwin Mauricio Luna Monge, y como suplentes Carla Morales González y Diego Zúñiga Céspedes.
En esta primera fase de sus funciones, la Comisión Fiscalizadora coordinará con el Ministerio de Cultura y Juventud la reglamentación de la Ley de Emergencia y Salvamento Cultural; posteriormente, tendrá funciones de fiscalización y acompañamiento a programas que se generen en el marco de dicha Ley.
El reglamento deberá cumplir los procedimientos usuales de todo Decreto Ejecutivo, que incluyen la consulta pública, el visado por parte de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la revisión por parte de la Dirección de Leyes y Decretos de Casa Presidencial, para finalmente ser publicado en el diario oficial La Gaceta.
Producción – Comisión Ley de Salvamento, MCJ
Reproducción y adaptación | Unidad de Comunicación - MCJ / Consecutivo 380 / FEM / 16-12-2021